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Curso Académico: 2020/21

522 - Máster Universitario en Abogacía

60737 - Regulación de la actividad profesional


Syllabus Information

Año académico:
2020/21
Asignatura:
60737 - Regulación de la actividad profesional
Centro académico:
102 - Facultad de Derecho
Titulación:
522 - Máster Universitario en Abogacía
Créditos:
3.0
Curso:
1
Periodo de impartición:
Primer semestre
Clase de asignatura:
Obligatoria
Materia:
---

1. Información Básica

1.1. Objetivos de la asignatura

La asignatura y sus resultados previstos responden a los siguientes planteamientos y objetivos:

La asignatura Regulación de la actividad profesional encuentra su sentido en que el alumno pueda ejercer la abogacía con conocimiento y habilidades suficientes en sus relaciones con los demás operadores jurídicoos (cliente, procurador, tribunales), así como asumir los derechos y obligaciones que implica introducirse en una organización colegial de carácter obligado que presta servicios al propio letrado.

Por ende, la asignatura halla su fundamento en un contexto de plena consciencia del ejercicio de la abogacía, ya que junto al obligado conocimiento de las leyes, la jurisprudencia y la doctrina de los todas las áreas del derecho, debe saber manejarse en sus relaciones con el cliente, con los órganos colegiales, con los demás operadores jurídicos y asumir la responsabilidad que adquiere ante el cliente y ante la sociedad.

Al superar la asignatura, por tanto, el alumno, podrá establecer las debidas relaciones contractuales con el cliente, apuntalando junto a la esencial de la confianza abogado-cliente, las condiciones del encargo profesional. De otro lado, podrá mantener con el conocimiento preciso relaciones con los procuradores, amén de trasladar la información precisa de tal figura procesal al propio cliente. Asimismo, al superar la asignatura, el alumno podrá interactuar con los órganos colegiales, al tener conocimiento de sus derechos y deberos colegiales. Finalmente, podrá utilizar herramientas para evitar incurrir en responsabilidad civil, sin perjuicio de conocer su aseguramiento.

1.2. Contexto y sentido de la asignatura en la titulación

 

La asignatura Regulación de la actividad profesional encuentra su sentido en que el alumno pueda ejercer la abogacía con conocimiento y habilidades suficientes en sus relaciones con los demás operadores jurídicos (cliente, procurador, tribunales), así como asumir los derechos y obligaciones que implica introducirse en una organización colegial de carácter obligado que presta servicios al propio letrado.

Por ende, la asignatura de Regulación de la actividad profesional halla su fundamento en un contexto de plena consciencia del ejercicio de la abogacía, ya que junto al obligado conocimiento de las leyes, la jurisprudencia y la doctrina de los todas las áreas del derecho, debe saber manejarse en sus relaciones con el cliente, con los órganos colegiales, con los demás operadores jurídicos y asumir la responsabilidad que adquiere ante el cliente y ante la sociedad.

Al superar la asignatura, por tanto, el alumno, podrá establecer las debidas relaciones contractuales con el cliente, apuntalando junto a la esencial de la confianza abogado-cliente, las condiciones del encargo profesional. De otro lado, podrá mantener con el conocimiento preciso relaciones con los procuradores, amén de trasladar la información precisa de tal figura procesal al propio cliente. Asimismo, al superar la asignatura, el alumno podrá interactuar con los órganos colegiales, al tener conocimiento de sus derechos y deberos colegiales. Finalmente, podrá utilizar herramientas para evitar incurrir en responsabilidad civil, sin perjuicio de conocer su aseguramiento.

1.3. Recomendaciones para cursar la asignatura

Se recomienda encarecidamente la asistencia a clase, la realización de todos los trabajos prácticos planteados a los alumnos y la participación activa en las prácticas propuestas. 

2. Competencias y resultados de aprendizaje

2.1. Competencias

Al superar la asignatura, el estudiante será más competente para:

- Establecer las debidas relaciones contractuales con el cliente, apuntalando junto a la esencial de la confianza abogado-cliente, las condiciones del encargo profesional.

- Podrá mantener con el conocimiento preciso relaciones con los procuradores, amén de trasladar la información precisa de tal figura procesal al propio cliente.

- Podrá interactuar con los órganos colegiales, al tener conocimiento de sus derechos y deberos colegiales.

- Podrá utilizar herramientas para evitar incurrir en responsabilidad civil, sin perjuicio de conocer su aseguramiento.

2.2. Resultados de aprendizaje

El estudiante, para superar esta asignatura, deberá demostrar los siguientes resultados: 

1.- Identificar y analizar las bases de la regulación de la actividad profesional, conociendo las normas que la componen, tanto generales como sectoriales.

2.- Conocer las normas que regulan el ejercicio de la profesión, Estatuto General de la Abogacía, Estatuto de la Comunidad Autónoma y Estatuto del Colegio de Abogados a que haya de pertenecer.

3.- Conocer la organización y funcionamiento colegial en su conjunto, desde la cúpula, Consejo General de la Abogacía, hasta el Colegio de Abogados al que pueda incorporarse.

4.- Ser capaz de interactuar con los demás operadores jurídicos: compañeros, Tribunales, cliente.

5.- Conocer la regulación que afecta a la forma de cobro de honorarios profesionales, con incidencia especial en la denominada hoja de encargo o pacto con el cliente previo a la propia intervención profesional.

6.- Conocer la situación actual sobre honorarios profesionales, en cuanto cuando se integran en una tasación de costas judiciales o en una jura de cuenta manifestada o reclamación de honorarios e incluye un informe pericial por parte del Colegio de Abogados, lo que implica el conocimiento de los criterios orientativos utilizados por los Colegios de Abogados.

7.- Resolver problemas suscitados por la aplicación de tales criterios colegiales de honorarios a los efectos judiciales antedichos.

8.- Conocer la regulación y desarrollo de la actividad del Procurador de los Tribunales, su condición de representante de la parte, formas de apoderamiento, funciones y obligaciones del Procurador.

9.- Conocer la forma de presentación de demandas, traslado de escritos y ejecución de sentencias.

10.- Tener conocimiento de la forma de remuneración de los Procuradores de los Tribunales.

11.- Conocer y responsabilizarse de la responsabilidad profesional que se adquiere con el ejercicio profesional, tanto en el ámbito penal, como civil.

12.- Conocer los criterios generales, tanto legales como jurisprudenciales de la responsabilidad civil profesional, con especial incidencia en el seguro de responsabilidad civil.

13- Ser capaz de redactar minutas de honorarios, hojas de encargo, impugnaciones de tasaciones de costas, jura de cuenta, enumerar casos de responsabilidad civil, citar herramientas para no incurrir en responsabilidad civil, enumerar derechos y deberes del colegiado y las actividades del procurador de los tribunales con sus funciones de representación.

2.3. Importancia de los resultados de aprendizaje

 
La asignatura Regulación de la Actividad Profesional es una actividad formativa tendente a la formación del estudiante que al incorporarse al ejercicio profesional debe conocer la organización colegial que la regula, sus instituciones y actividad propias. Asimismo, debe conocer y practicar sobre la confección de hojas de encargo o presupuestos en pacto con el cliente, al propio tiempo que debe conocer los criterios orientativos que utilizan los Colegios de Abogados a la ahora de informar en tasaciones de costas y reclamaciones de honorarios de abogado en sede judicial. De otro lado, es preciso el conocimiento del desarrollo del ejercicio de la actividad profesional del Procurador de los Tribunales por su estrecha relación y colaboración con la de Abogado. Finalmente, deben conocer y entender la responsabilidad civil que se adquiere con el ejercicio de la abogacía, de carácter penal y civil, con especial incidencia en el seguro de responsabilidad civil.

Por ende, la asignatura de Regulación de la actividad profesional halla su fundamento en un contexto de plena consciencia del ejercicio de la abogacía, ya que junto al obligado conocimiento de las leyes, la jurisprudencia y la doctrina de los todas las áreas del derecho, debe saber manejarse en sus relaciones con el cliente, con los órganos colegiales, con los demás operadores jurídicos y asumir la responsabilidad que adquiere ante el cliente y ante la sociedad.

3. Evaluación

3.1. Tipo de pruebas y su valor sobre la nota final y criterios de evaluación para cada prueba

El estudiante deberá demostrar que ha alcanzado los resultados de aprendizaje previstos mediante las siguientes actividades de evaluación, de acuerdo a lo establecido en la memoria de la titulación:

 

1) Evaluación continua, a partir de los casos prácticos planteados. Se evaluarán diez de los casos prácticos planteados por el profesor. Tendrá un valor del 30% de la nota final.

El alumno que no haya alcanzado una media de 5 (aprobado) en la evaluación continua tendrá que incorporarse al sistema de evaluación basado en una prueba global final, descrito posteriormente.

 

2) Prueba final, que tendrá un valor del 70% de la nota final y consistirá en la realización de un caso práctico. El alumno que no haya obtenido una calificación mínima de 5 (aprobado) en esta prueba final no superará la asignatura. Solo a partir de dicha puntuación se procederá a la ponderación con la nota de la evaluación continua. Si el alumno suspende esta prueba final, la nota que había obtenido en la evaluación continua se guardará para la segunda convocatoria.

 

 

Los alumnos que no opten por el sistema de evaluación continua o no hayan superado la asignatura por el citado sistema deberán realizar una prueba global, que consistirá en:

1. La realización de un caso práctico, cuyo valor será el 70% de la nota final.

2. La realización de una prueba teórica. El profesor propondrá dos preguntas de desarrollo y el alumno deberá elegir una de ellas.

Para superar la asignatura por el sistema de la prueba global será necesario aprobar las dos partes de la prueba.

 

La prueba escrita final que deben realizar los alumnos que hayan optado por el sistema de evaluación continua y la prueba global que deberán realizar los alumnos que no hayan optado por este sistema o no hayan superado la asignatura se realizará el mismo día. La convocatoria (día, hora y aula) se publicará en el tablón de anuncios de la Facultad de Derecho con una antelación mínima de 20 días, según lo establecido por el Reglamento de Normas de Evaluación del Aprendizaje (Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza. Además, la fecha se puede consultar, desde el principio de curso en https://derecho.unizar.es/sites/derecho.unizar.es/files/archivos/fechasExamenes/examenes_master_en_abogacia.pdf

 

Según la normativa vigente, “los resultados obtenidos se calificarán de acuerdo con la siguiente escala numérica de 0 a 10, con expresión de un decimal, a la que se podrá añadir la correspondiente calificación cualitativa:

- De 0 a 4,9: Suspenso (S): el alumnado no ha alcanzado los resultados de aprendizaje. - De 5,0 a 6,9: Aprobado (A): el alumnado ha alcanzado los resultados de aprendizaje.

- De 7,0 a 8,9: Notable (N): el alumnado ha alcanzado los resultados de aprendizaje por encima de los mínimos exigibles y de un modo destacado.

- De 9 a 10: Sobresaliente (SB): el alumnado ha alcanzado los objetivos de aprendizaje de un modo excelente.

4. Metodología, actividades de aprendizaje, programa y recursos

4.1. Presentación metodológica general

El proceso de aprendizaje que se ha diseñado para esta asignatura se basa en lo siguiente:

- Un primer acercamiento a las distintas áreas que componen la asignatura, mediante la exposición en clases del contenido de los programas de cada una de ellas, con aportación de material didáctico ad hoc.

- Incitar a la intervención del alumno durante la exposición del temario de modo que pueda interiorizar sus contenidos y exigir pruebas escritas que demuestren la asimilación de los contenidos del programa.

4.2. Actividades de aprendizaje

Las actividades de aprendizaje que se realizan son las siguientes:

- Exposición teórica de los temas del programa, con aportación de material didáctico. 

- Realización de prácticas por bloques (honorarios, procura, responsabilidad civil y organización colegial), durante las cuales se incitará al alumno a intervenir. Los casos prácticos consistirán en la redacción de minutas de honorarios, hojas de encargo, impugnaciones de tasaciones de costas, jura de cuenta, enumeración de casos de responsabilidad civil, cita de herramientas para no incurrir en la misma, enumeración de derechos y deberes del colegiado y de las actividades del procurador. 

 

4.3. Programa

Tema 1. Los honorarios profesionales.

 

Tema 2. La organización colegial. 

 

Tema 3. La representación procesal: el procurador de los tribunales. 

 

Tema 4. La responsabilidad del abogado. 

4.4. Planificación de las actividades de aprendizaje y calendario de fechas clave

La asignatura se imparte durante el primer semestre del primer curso, en el periodo establecido en el calendario académico que publica cada año Rectorado.

 

Los horarios pueden consultarse en la dirección https://derecho.unizar.es/sites/derecho.unizar.es/files/archivos/horarios/horarios_mua.pdf

 

Los casos prácticos evaluables que deberán realizar los alumnos que opten por el sistema de evaluación continua se realizarán durante el mes de enero.

 

La convocatoria de la prueba final (día, hora y aula) se publicará en el tablón de anuncios de la Facultad de Derecho con una antelación mínima de veinte días, según lo establecido por el Reglamento de Normas de Evaluación del Aprendizaje (Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza). Por otra parte, ese mismo día realizarán la prueba global final los alumnos que no hayan optado por el sistema de evaluación continua o no hayan superado la asignatura por el citado sistema.

 

Además, la fecha de las citadas pruebas se puede consultar, desde el principio de curso, en https://derecho.unizar.es/sites/derecho.unizar.es/files/archivos/fechasExamenes/examenes_master_en_abogacia.pdf

4.5. Bibliografía y recursos recomendados

 

 


Curso Académico: 2020/21

522 - Máster Universitario en Abogacía

60737 - Regulación de la actividad profesional


Información del Plan Docente

Año académico:
2020/21
Asignatura:
60737 - Regulación de la actividad profesional
Centro académico:
102 - Facultad de Derecho
Titulación:
522 - Máster Universitario en Abogacía
Créditos:
3.0
Curso:
1
Periodo de impartición:
Primer semestre
Clase de asignatura:
Obligatoria
Materia:
---

1. Información Básica

1.1. Objetivos de la asignatura

La asignatura y sus resultados previstos responden a los siguientes planteamientos y objetivos:

La asignatura Regulación de la actividad profesional encuentra su sentido en que el alumno pueda ejercer la abogacía con conocimiento y habilidades suficientes en sus relaciones con los demás operadores jurídicoos (cliente, procurador, tribunales), así como asumir los derechos y obligaciones que implica introducirse en una organización colegial de carácter obligado que presta servicios al propio letrado.

Por ende, la asignatura halla su fundamento en un contexto de plena consciencia del ejercicio de la abogacía, ya que junto al obligado conocimiento de las leyes, la jurisprudencia y la doctrina de los todas las áreas del derecho, debe saber manejarse en sus relaciones con el cliente, con los órganos colegiales, con los demás operadores jurídicos y asumir la responsabilidad que adquiere ante el cliente y ante la sociedad.

Al superar la asignatura, por tanto, el alumno, podrá establecer las debidas relaciones contractuales con el cliente, apuntalando junto a la esencial de la confianza abogado-cliente, las condiciones del encargo profesional. De otro lado, podrá mantener con el conocimiento preciso relaciones con los procuradores, amén de trasladar la información precisa de tal figura procesal al propio cliente. Asimismo, al superar la asignatura, el alumno podrá interactuar con los órganos colegiales, al tener conocimiento de sus derechos y deberos colegiales. Finalmente, podrá utilizar herramientas para evitar incurrir en responsabilidad civil, sin perjuicio de conocer su aseguramiento.

1.2. Contexto y sentido de la asignatura en la titulación

 

La asignatura Regulación de la actividad profesional encuentra su sentido en que el alumno pueda ejercer la abogacía con conocimiento y habilidades suficientes en sus relaciones con los demás operadores jurídicos (cliente, procurador, tribunales), así como asumir los derechos y obligaciones que implica introducirse en una organización colegial de carácter obligado que presta servicios al propio letrado.

Por ende, la asignatura de Regulación de la actividad profesional halla su fundamento en un contexto de plena consciencia del ejercicio de la abogacía, ya que junto al obligado conocimiento de las leyes, la jurisprudencia y la doctrina de los todas las áreas del derecho, debe saber manejarse en sus relaciones con el cliente, con los órganos colegiales, con los demás operadores jurídicos y asumir la responsabilidad que adquiere ante el cliente y ante la sociedad.

Al superar la asignatura, por tanto, el alumno, podrá establecer las debidas relaciones contractuales con el cliente, apuntalando junto a la esencial de la confianza abogado-cliente, las condiciones del encargo profesional. De otro lado, podrá mantener con el conocimiento preciso relaciones con los procuradores, amén de trasladar la información precisa de tal figura procesal al propio cliente. Asimismo, al superar la asignatura, el alumno podrá interactuar con los órganos colegiales, al tener conocimiento de sus derechos y deberos colegiales. Finalmente, podrá utilizar herramientas para evitar incurrir en responsabilidad civil, sin perjuicio de conocer su aseguramiento.

1.3. Recomendaciones para cursar la asignatura

Se recomienda encarecidamente la asistencia a clase, la realización de todos los trabajos prácticos planteados a los alumnos y la participación activa en las prácticas propuestas. 

2. Competencias y resultados de aprendizaje

2.1. Competencias

Al superar la asignatura, el estudiante será más competente para:

- Establecer las debidas relaciones contractuales con el cliente, apuntalando junto a la esencial de la confianza abogado-cliente, las condiciones del encargo profesional.

- Podrá mantener con el conocimiento preciso relaciones con los procuradores, amén de trasladar la información precisa de tal figura procesal al propio cliente.

- Podrá interactuar con los órganos colegiales, al tener conocimiento de sus derechos y deberos colegiales.

- Podrá utilizar herramientas para evitar incurrir en responsabilidad civil, sin perjuicio de conocer su aseguramiento.

2.2. Resultados de aprendizaje

El estudiante, para superar esta asignatura, deberá demostrar los siguientes resultados: 

1.- Identificar y analizar las bases de la regulación de la actividad profesional, conociendo las normas que la componen, tanto generales como sectoriales.

2.- Conocer las normas que regulan el ejercicio de la profesión, Estatuto General de la Abogacía, Estatuto de la Comunidad Autónoma y Estatuto del Colegio de Abogados a que haya de pertenecer.

3.- Conocer la organización y funcionamiento colegial en su conjunto, desde la cúpula, Consejo General de la Abogacía, hasta el Colegio de Abogados al que pueda incorporarse.

4.- Ser capaz de interactuar con los demás operadores jurídicos: compañeros, Tribunales, cliente.

5.- Conocer la regulación que afecta a la forma de cobro de honorarios profesionales, con incidencia especial en la denominada hoja de encargo o pacto con el cliente previo a la propia intervención profesional.

6.- Conocer la situación actual sobre honorarios profesionales, en cuanto cuando se integran en una tasación de costas judiciales o en una jura de cuenta manifestada o reclamación de honorarios e incluye un informe pericial por parte del Colegio de Abogados, lo que implica el conocimiento de los criterios orientativos utilizados por los Colegios de Abogados.

7.- Resolver problemas suscitados por la aplicación de tales criterios colegiales de honorarios a los efectos judiciales antedichos.

8.- Conocer la regulación y desarrollo de la actividad del Procurador de los Tribunales, su condición de representante de la parte, formas de apoderamiento, funciones y obligaciones del Procurador.

9.- Conocer la forma de presentación de demandas, traslado de escritos y ejecución de sentencias.

10.- Tener conocimiento de la forma de remuneración de los Procuradores de los Tribunales.

11.- Conocer y responsabilizarse de la responsabilidad profesional que se adquiere con el ejercicio profesional, tanto en el ámbito penal, como civil.

12.- Conocer los criterios generales, tanto legales como jurisprudenciales de la responsabilidad civil profesional, con especial incidencia en el seguro de responsabilidad civil.

13- Ser capaz de redactar minutas de honorarios, hojas de encargo, impugnaciones de tasaciones de costas, jura de cuenta, enumerar casos de responsabilidad civil, citar herramientas para no incurrir en responsabilidad civil, enumerar derechos y deberes del colegiado y las actividades del procurador de los tribunales con sus funciones de representación.

2.3. Importancia de los resultados de aprendizaje

 
La asignatura Regulación de la Actividad Profesional es una actividad formativa tendente a la formación del estudiante que al incorporarse al ejercicio profesional debe conocer la organización colegial que la regula, sus instituciones y actividad propias. Asimismo, debe conocer y practicar sobre la confección de hojas de encargo o presupuestos en pacto con el cliente, al propio tiempo que debe conocer los criterios orientativos que utilizan los Colegios de Abogados a la ahora de informar en tasaciones de costas y reclamaciones de honorarios de abogado en sede judicial. De otro lado, es preciso el conocimiento del desarrollo del ejercicio de la actividad profesional del Procurador de los Tribunales por su estrecha relación y colaboración con la de Abogado. Finalmente, deben conocer y entender la responsabilidad civil que se adquiere con el ejercicio de la abogacía, de carácter penal y civil, con especial incidencia en el seguro de responsabilidad civil.

Por ende, la asignatura de Regulación de la actividad profesional halla su fundamento en un contexto de plena consciencia del ejercicio de la abogacía, ya que junto al obligado conocimiento de las leyes, la jurisprudencia y la doctrina de los todas las áreas del derecho, debe saber manejarse en sus relaciones con el cliente, con los órganos colegiales, con los demás operadores jurídicos y asumir la responsabilidad que adquiere ante el cliente y ante la sociedad.

3. Evaluación

3.1. Tipo de pruebas y su valor sobre la nota final y criterios de evaluación para cada prueba

El estudiante deberá demostrar que ha alcanzado los resultados de aprendizaje previstos mediante las siguientes actividades de evaluación, de acuerdo a lo establecido en la memoria de la titulación:

 

1) Evaluación continua, a partir de los casos prácticos planteados. Se evaluarán diez de los casos prácticos planteados por el profesor. Tendrá un valor del 30% de la nota final.

El alumno que no haya alcanzado una media de 5 (aprobado) en la evaluación continua tendrá que incorporarse al sistema de evaluación basado en una prueba global final, descrito posteriormente.

 

2) Prueba final, que tendrá un valor del 70% de la nota final y consistirá en la realización de un caso práctico. El alumno que no haya obtenido una calificación mínima de 5 (aprobado) en esta prueba final no superará la asignatura. Solo a partir de dicha puntuación se procederá a la ponderación con la nota de la evaluación continua. Si el alumno suspende esta prueba final, la nota que había obtenido en la evaluación continua se guardará para la segunda convocatoria.

 

 

Los alumnos que no opten por el sistema de evaluación continua o no hayan superado la asignatura por el citado sistema deberán realizar una prueba global, que consistirá en:

1. La realización de un caso práctico, cuyo valor será el 70% de la nota final.

2. La realización de una prueba teórica. El profesor propondrá dos preguntas de desarrollo y el alumno deberá elegir una de ellas.

Para superar la asignatura por el sistema de la prueba global será necesario aprobar las dos partes de la prueba.

 

La prueba escrita final que deben realizar los alumnos que hayan optado por el sistema de evaluación continua y la prueba global que deberán realizar los alumnos que no hayan optado por este sistema o no hayan superado la asignatura se realizará el mismo día. La convocatoria (día, hora y aula) se publicará en el tablón de anuncios de la Facultad de Derecho con una antelación mínima de 20 días, según lo establecido por el Reglamento de Normas de Evaluación del Aprendizaje (Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza. Además, la fecha se puede consultar, desde el principio de curso en https://derecho.unizar.es/sites/derecho.unizar.es/files/archivos/fechasExamenes/examenes_master_en_abogacia.pdf

 

Según la normativa vigente, “los resultados obtenidos se calificarán de acuerdo con la siguiente escala numérica de 0 a 10, con expresión de un decimal, a la que se podrá añadir la correspondiente calificación cualitativa:

- De 0 a 4,9: Suspenso (S): el alumnado no ha alcanzado los resultados de aprendizaje. - De 5,0 a 6,9: Aprobado (A): el alumnado ha alcanzado los resultados de aprendizaje.

- De 7,0 a 8,9: Notable (N): el alumnado ha alcanzado los resultados de aprendizaje por encima de los mínimos exigibles y de un modo destacado.

- De 9 a 10: Sobresaliente (SB): el alumnado ha alcanzado los objetivos de aprendizaje de un modo excelente.

4. Metodología, actividades de aprendizaje, programa y recursos

4.1. Presentación metodológica general

El proceso de aprendizaje que se ha diseñado para esta asignatura se basa en lo siguiente:

- Un primer acercamiento a las distintas áreas que componen la asignatura, mediante la exposición en clases del contenido de los programas de cada una de ellas, con aportación de material didáctico ad hoc.

- Incitar a la intervención del alumno durante la exposición del temario de modo que pueda interiorizar sus contenidos y exigir pruebas escritas que demuestren la asimilación de los contenidos del programa.

4.2. Actividades de aprendizaje

Las actividades de aprendizaje que se realizan son las siguientes:

- Exposición teórica de los temas del programa, con aportación de material didáctico. 

- Realización de prácticas por bloques (honorarios, procura, responsabilidad civil y organización colegial), durante las cuales se incitará al alumno a intervenir. Los casos prácticos consistirán en la redacción de minutas de honorarios, hojas de encargo, impugnaciones de tasaciones de costas, jura de cuenta, enumeración de casos de responsabilidad civil, cita de herramientas para no incurrir en la misma, enumeración de derechos y deberes del colegiado y de las actividades del procurador. 

 

4.3. Programa

Tema 1. Los honorarios profesionales.

 

Tema 2. La organización colegial. 

 

Tema 3. La representación procesal: el procurador de los tribunales. 

 

Tema 4. La responsabilidad del abogado. 

4.4. Planificación de las actividades de aprendizaje y calendario de fechas clave

La asignatura se imparte durante el primer semestre del primer curso, en el periodo establecido en el calendario académico que publica cada año Rectorado.

 

Los horarios pueden consultarse en la dirección https://derecho.unizar.es/sites/derecho.unizar.es/files/archivos/horarios/horarios_mua.pdf

 

Los casos prácticos evaluables que deberán realizar los alumnos que opten por el sistema de evaluación continua se realizarán durante el mes de enero.

 

La convocatoria de la prueba final (día, hora y aula) se publicará en el tablón de anuncios de la Facultad de Derecho con una antelación mínima de veinte días, según lo establecido por el Reglamento de Normas de Evaluación del Aprendizaje (Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza). Por otra parte, ese mismo día realizarán la prueba global final los alumnos que no hayan optado por el sistema de evaluación continua o no hayan superado la asignatura por el citado sistema.

 

Además, la fecha de las citadas pruebas se puede consultar, desde el principio de curso, en https://derecho.unizar.es/sites/derecho.unizar.es/files/archivos/fechasExamenes/examenes_master_en_abogacia.pdf

4.5. Bibliografía y recursos recomendados